Responsabilidad Civil y Seguro
La responsabilidad civil es un concepto jurídico que se refiere a la obligación que tiene de indemnizar el que causa un daño a otro,
bien sea por acción o por omisión, es decir, por hacer algo o precisamente por no hacerlo.
Atañe a los actos que una persona pueda realizar en todos los ámbitos de la vida cotidiana así como profesional, de manera que podemos ser tanto causantes como perjudicados.
La responsabilidad civil se inspira en el principio de que nadie debe dañar a otro, por lo que también puede denominarse derecho de daños.
La obligación de indemnizar o el derecho a ser resarcido cuando se nos causa un daño puede surgir desde el primer momento del día, como por ejemplo cuando nos dejamos el grifo abierto causando daños al piso del vecino; cuando vas a sacar el perro, si éste causa lesiones a alguna otra persona, animal o cosa; cuando te montas en el vehículo, si atropellas a alguien o tienes una colisión con otro; cuando tienes algún error o negligencia en el aspecto profesional, algo que puede suceder en absolutamente todas las profesiones; cuando has de responder por daños que causan tus hijos o empleados respecto de los que el padre o empleador tienen obligación de responder por estar bajo su custodia o por dependencia jerárquica..etc.
La diferencia con la responsabilidad penal está en que en la responsabilidad civil no es necesario que se tenga intención de causar un daño, sino que se tiene la obligación de indemnizar por el hecho de causarlo. Por ello, las acciones que conllevan una conducta más reprochable socialmente son tipificadas como delito y las omisiones o negligencias leves son las que constituyen la responsabilidad civil.
Casi todos los ámbitos descritos tienen un seguro que, bajo las condiciones pactadas con el asegurado, cubre la indemnización que un tercero pretenda contra el asegurado cuando éste le ha causado un daño.
En las pólizas de seguro se suele incluir el derecho a que la aseguradora le defienda frente a una reclamación de otra persona o a que se pueda reclamar a un tercero. En cualquiera de los dos supuestos existe la libre elección del Abogado, por lo que se puede designar uno de confianza con cargo a la cobertura de la póliza de seguros.
Nuestro despacho tiene la experiencia necesaria para llevarle la defensa o reclamación y asesorarle, asimismo, sobre su póliza de seguro y coberturas de la misma.
De la misma manera le asesoramos para que pueda el asegurado ejercitar sus derechos frente a la aseguradora en supuesto de conflicto de intereses o diferencias en la interpretación del clausulado del mismo.
Antes de iniciar las acciones judiciales mediante su defensa ante los tribunales, siempre intentamos llegar a un acuerdo por vía amistosa a fin de evitar, en la medida de lo posible, la dilación que todo procedimiento judicial conlleva y los gastos que supone.