Jornada Apartamentos Turísticos en el Colegio de Abogados de Málaga
El pasado viernes 17 de marzo nuestra compañera Beatriz Conejo asistió invitada por la Sección de Propiedad Horizontal y Arrendamientos Urbanos del Ilustre Colegio de Abogados de Málaga como ponente en la charla Arrendamiento de viviendas turísticas, diferencia con los arrendamientos urbanos y problemas más frecuentes con las comunidades de propiedad horizontal.
Durante la charla inicial se abordó la problemática e incógnitas que ofrece el actual Ordenamiento sobre el Régimen de Arrendamiento de Viviendas Turísticas (Decreto 28/2016, de 2 de febrero), el cual suscita muchas dudas entre los juristas y particulares que han visto la importancia de dar de alta su arrendamiento de vivienda turística y la importancia que hoy tiene en Andalucía como una importante fuente de ingresos.
- En primer lugar abordamos la asunción por nuestra Comunidad Autónoma, Andalucía, de la necesidad de regularla.
- Posteriormente estudiamos la diferenciación existente entre la vivienda turística con los apartamentos turísticos, casas rurales, campamentos o campings, agencias de viaje, arrendamientos de temporada y establecimientos hoteleros.
- Ahondando en la materia estudiamos les requisitos necesarios para que el servicio pueda ser considerado Arrendamiento de Vivienda Turística, tales como:
- Declaración responsable ante en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA).
- La adecuación de la vivienda para poderla arrendar.
- Las formas de arriendo.
- La forma de explotarla bien personalmente o a través de intermediarios.
- Una parte importante a tener en cuenta son los pasos necesarios para realizar el alta de la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) y obtener el correspondiente Número de Registro de Vivienda Turística de Andalucía (VTF).
Abordamos también durante la charla las distintas problemáticas que se puede originar con la Comunidad de Propietarios del edificio donde se ubica la Vivienda Turística, en tanto éstos pueden considerar perjudicados sus derechos por parte de uno de sus vecinos por la explotación de una Vivienda Turística y puede oponerse a ella, llegando en determinados supuestos a impedirla (fundamentalmente si así está establecido en los Estatutos de la Comunidad o si existe una oposición unánime a la misma).
Otro punto que despierta un gran interés entre los propietarios de viviendas turísticos son el régimen fiscal y las implicaciones tributarias de ésta actividad.
A este punto dedicamos la parte final de la charla y sobre el mismo los asistentes al acto expusieron varias dudas y preguntas.
Tras su intervención se desarrolló la de D. Francisco González Palma, Abogado ICAMÁLAGA, que desarrolló en su intervención los Acuerdos de las comunidades de propietarios que requieren unanimidad o un quorum especial.
Y finalmente se desarrolló la Mesa Redonda en la que participaron Don Enrique Jurado Grana, D. Francisco González Palma, y nuestra compañera Beatriz Conejo, momento en el cual los asistentes aprovecharon para formular preguntas y resolver dudas en torno a los apartamentos turísticos, su regulación y precauciones a tener en cuenta a la hora de gestionarlos, desde el punto de vista jurídico.